Los Service Level Agreements en Contratos de Inteligencia Artificial necesitan fijar una métrica de medición.
El Service Level Agreement (SLA) es el documento rector en los contratos de prestación de servicios digitales, particularmente bajo la modalidad SaaS. Este instrumento delimita el alcance de la prestación y funge como guía para determinar si el proveedor cumplió con lo pactado o si, por el contrario, incurrió en mora o en un cumplimiento defectuoso. Ambos son elementos nucleares en la configuración del daño desde la perspectiva de la responsabilidad contractual en un litigio por incumplimiento.
En el SaaS tradicional, la métrica Uptime es el indicador predominante, pues el fin de alquilar capacidad de cómputo en la nube es garantizar la disponibilidad de la infraestructura la mayor parte del tiempo. Sin embargo, en el modelo AI as a Service (AIaaS), la finalidad es la externalización de una labor cognitiva mediante una Inteligencia Artificial configurada para automatizar tareas específicas. Aquí, la prestación no gira sobre la disponibilidad de un servidor, sino sobre la ejecución de una labor donde la calidad del resultado es la variable crítica.
Mientras que en el Cloud la caída del sistema impide la operación, en la IA el riesgo reside en la disponibilidad del servicio con tasas de error elevadas. La alucinación constante constituye un incumplimiento de la prestación, independientemente de que el sistema esté “en línea”. Por ello, es imperativo fijar métricas de fiabilidad estadística con el apoyo de las áreas operativa y tecnológica. Mientras que la Precisión penaliza los falsos positivos (alucinaciones) y el Recall (Exhaustividad) penaliza los falsos negativos (omisiones), el F1 Score establece la media armónica entre ambas, otorgando una visión balanceada del rendimiento.
Esta distinción técnica define el camino de la automatización operativa. Ciertas tareas exigen una alta exhaustividad en la detección de patrones a costa de generar alertas en exceso, mientras que otras requieren certeza absoluta antes de emitir un resultado deseado. La decisión sobre qué métrica aplicar es un acto de gestión de riesgos que vincula directamente la tecnología con el área operativa encargada de la labor automatizada.
El punto de mayor densidad reside en el vínculo entre la métrica y la calificación de la obligación. Establecer un indicador técnico (ej. Recall ≥ 80%) transmuta la prestación en una obligación de resultado. Por el contrario, la ausencia de métricas condena el contrato a ser una obligación de medios, donde el cliente debe probar la negligencia del proveedor mediante una prueba pericial. Ante la opacidad algorítmica y el desarrollo incipiente de la materia, dicho esfuerzo probatorio resulta difícil. Es de recordar que este es un contrato atípico, por lo que sus normas rectoras serían directamente las concernientes a las obligaciones en el Título IV del Código Civil, por remisión del Artículo 822 del Código de Comercio. En conclusión, el éxito de un contrato de AIaaS depende de estipulaciones que entiendan el riesgo asociado a sus características técnicas.
Contenido elaborado el [26/03/2026] por William Bernal Mateus, abogado tecnológico. Esta información es exclusivamente informativa y no constituye asesoría jurídica ni consulta legal vinculante.